USO DE LOS TELEFONOS

La comunicación con los familiares, amigos y otras personas es importante para los que están encarcelados. En la actualidad, el
servicio telefónico para los internos es por medio de un contrato con “FSH Communications” que incluye varios subcontratistas. El contratista, de acuerdo con los reglamentos de agencias como la Comisión Federal de Comunicaciones, determina las tarifas de las llamadas locales y de larga distancia que se cobran en varios locales.

El Departamento solicitó propuestas de vendedores de servicios telefónicos pidiendo la opción de pago con antelación que rebajaría la taza del cobro para las llamadas por cobrar mientras proporcione servicios seguros a precios razonables. Las reglas actuales de seguridad (que todas las llamadas están grabadas, pueden estar escuchadas y tienen que incluir el anuncio de que
la llamada es de un interno o interna) son requeridas por ley. Las negociaciones para un nuevo prestador de servicios telefónicos están demoradas en el tribunal.


La información a continuación explica como y cuando se pueden usar los teléfonos bajo el sistema actual de teléfonos.

¿Puedo yo llamar a un interno o interna?

No. Sólo los internos pueden iniciar las llamadas. Lea, por favor, la sección acerca de mensajes de emergencia para saber como hacer llegar un mensaje a un interno o interna durante una emergencia de familia.

¿Cómo se hacen las llamadas?

Todas las llamadas de los teléfonos de los internos son por cobrar o se tienen que haber hecho los arreglos para las llamadas pagadas con antelación. Al comienzo de cada llamada, hay un mensaje grabado que dice que la llamada es de un interno o interna confi nado en (nombre de la institución) y luego sigue el nombre en voz electrónica del interno o de la interna. Hay un límite de 20
minutos por llamada. Ambas personas escucharán un mensaje grabado tres veces durante la llamada que les dice cuanto tiempo queda (2 minutos, 1 minuto, 30 segundos). Después de 20 minutos, se corta la llamada automáticamente.


Las instituciones individuales pueden permitir a los internos hacer llamadas internacionales. El interno o interna puede preguntar si se permiten en su institución y cuál es el procedimiento que seguir.

¿Cuánto se cobra por llamada y quién la paga?

Si usted acepta la llamada, se hace el cobro en la factura de teléfono de usted. Usted tendrá la opción de aceptar la llamada como una llamada por cobrar o seguir las instrucciones grabadas para establecer una cuenta prepagada. Usted puede contactar a “FSH Communictions” al 1-800-592-9488 para establecer una cuenta prepagada o visitar el sitio de Internet del DOC al ww.doc.wa.gov
para leer los detalles de cómo establecer la cuenta y cuales son los cobros.


Si usted decide establecer una cuenta prepagada cuando recibe la llamada del interno, esta llamada estará demorada y se pedirá al interno o interna a que espere unos 30 minutos antes de tratar de marcar el número otra vez para darle tiempo a usted establecer una cuenta.

¿Están grabadas o vigiladas las llamadas?

Sí. Por razones de seguridad institucional se nos requiere vigilar todas las llamadas con la excepción de las llamadas legales. Se harán todas las llamadas legales a abogados verdaderos que están registrados con el Colegio de Abogados del Estado de Washington por medio de un teléfono para internos y estas llamadas no están grabadas.

¿Qué hago si recibo una llamada no deseada de un interno o interna?

Oprima el “7” para bloquear llamadas no deseadas de un interno o interna. Si usted recibe una llamada no deseada o siente que un interno o interna le está hostigando o amenazando, llame, por favor, al Programa de Servicios para Víctimas al 1-800-322-2201. El Departamento puede hacer que se quite su número del sistema de números que el interno o interna puede llamar.

 

 
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