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Visitas

¡Bienvenidos, visitantes! Las visitas cumplen un papel importante para conservar relaciones buenas entre un interno o interna
y sus familiares y amigos. Usted puede hacer una diferencia positiva y poderosa en la vida de su ser querido durante su encarcelamiento. El Departamento se esfuerza por hacer las visitas cómodas y agradables. Sin embargo, es importante recordar que las visitas son un privilegio y conforman a ciertas reglas. Lo que sigue es un resumen de las reglas para las visitas.

¿Cuáles son las horas programadas para las visitas?

El número de visitas y la duración así como los horarios varían de una institución a otra. Entonces, es importante que el interno o interna le proporcione a usted la información con respecto a los días específi cos y las horas cuando usted puede visitar. Los horarios y reglas de las visitas están disponibles para todos los internos y ellos son los responsables de compartir esta
información con usted.

Aviso: Es importante que usted entienda que a veces problemas no previstos de seguridad pueden interferir con las visitas, causar demoras o visitas acortadas, suspendidas o canceladas. Rara vez ocurre esto, pero sí ocurre de vez en cuando.

¿Cómo consigo yo la aprobación para visitar a un interno o interna?

Antes de que se ponga su nombre en la lista de visitantes de un interno o interna, usted tiene que cumplir con los procedimientos de aprobación. El interno o interna es responsable de enviarle a usted la solicitud del visitante. Después de llenar la solicitud es necesario devolverla a la institución en la cual está encarcelado el interno o interna. Se tardan de 3 a 6 semanas en promedio para
que se tramite una solicitud y para que se investiguen los antecedentes penales de los solicitantes. Si usted está aprobado para visitar, se agregará su nombre a la lista de visitantes del interno o interna y se avisará al interno o interna. Algunas instituciones le envían a usted un aviso de cortesía que está aprobado. Sin embargo, por lo regular es la responsabilidad del interno o interna
avisarles a los solicitantes que están aprobados para visitar. Si se deniega su solicitud, se le enviará una notifi cación que incluye la razón o razones.

Cuando se traslada un interno o interna, se envía su lista aprobada de visitantes a la institución nueva. Tal vez no se le requiera llenar otra solicitud para poder visitar en la institución nueva. Sin embargo, es posible que se requiera que se investiguen sus antecedentes penales nuevamente.

NOTA: Los centros correccionales de reclusión parcial no usan las mismas listas de visitantes y es necesario entregar nuevamente la solicitud de visitante cuando un interno o interna se traslada a un centro correccional de reclusión parcial.

Una persona puede estar en la lista aprobada de solamente un interno o interna al mismo tiempo a menos que el/la Superintendente otorgue una excepción.

¿Puede una persona menor de edad (con menos de 18 años) visitar?

Sí, pero el o la menor tiene que estar en la lista aprobada de visitantes y la sección de la solicitud para padres/madres de familia o tutores legales tiene que estar completada y autenticada legalmente por un notario. Es necesario incluir con la solicitud una copia original certifi cada del acta de nacimiento del menor tal como el estado o condado de nacimiento la emitió. Se devolverá esta acta en cuanto se terminen los trámites de la solicitud. Se tiene que verifi car la tutela legal para los menores de edad al proporcionar una copia certifi cada de la orden judicial que establece la tutela legal.

Los menores de edad tienen que estar acompañados por su padre/madre/tutor no encarcelado durante toda la visita y tienen que estar bajo su control directo. Le compete al Superintendente otorgar una excepción para que un menor de edad esté acompañado
por una persona que no sea su padre/madre/ tutor si:

• El padre/madre/tutor no encarcelado lo pide por escrito;
• La persona que acompaña al menor está en la lista de visitantes del interno o interna; y
• El/la menor de edad es miembro de la familia inmediata del interno o interna.
• No hay tutor legal o madre/padre no encarcelado.

¿Hay un límite del número de personas en la lista de visitantes?

No. No hay límite en cuanto al número de personas que un interno o interna puede tener en su lista de visitantes. Sin embargo, todas las personas tienen que estar aprobadas por la institución para poder visitar. Pueden existir restricciones adicionales en cada institución. Lo mejor es preguntarle al interno o interna para saber cuantas personas se permiten en donde él o ella está.

¿Qué clase de carnet de identidad se requiere?

Los visitantes de 16 años de edad y mayores tienen que presentar una tarjeta de identidad actualizada con foto. Las clases de identidad que se aceptan son una licencia de manejar, carnet de identidad militar, carnet de identidad de tribu, tarjeta de identidad del estado, tarjeta de identidad de una dependencia estatal o federal o un pasaporte. Aunque no se requiera, se recomienda
fuertemente una tarjeta de identidad del estado para los menores de 16 años de edad para facilitar los trámites.

¿Cuáles cosas podemos traer a la visita?

Los visitantes sólo pueden traer un número limitado de cosas al salón de visitas para asegurar que sea un lugar seguro y para facilitar los trámites del registro de visitantes. Los superintendentes pueden autorizar cosas adicionales aparte de lo de la lista que sigue:

  • $15 en monedas por visitante (o una tarjeta de cobro automático para las máquinas vendedoras) para las instituciones que las tienen.
    • Los medicamentos que se necesitan durante la visita para mantener la vida, si el visitante proporciona un comprobante en forma de receta médica.

NO SE PERMITE DAR NADA AL INTERNO O INTERNA NI CAMBIAR NADA CON ÉL O ELLA EN EL SALON DE VISITAS

¿Qué cosas se permiten para el cuidado de un bebé?

Las cosas autorizadas para los bebés y pequeños incluyen:

  • 1 pañal para cada hora de la visita.
  • Toallitas húmedas desechables (que se pusieron en una bolsa de plástico transparente antes de la visita).
  • 2 biberones de plástico transparente que contienen agua, jugo, lecho o fórmula líquida.
  • Una taza tipo “Tupperware” con tapa para niños pequeños.
  • 2 envases (los originales) de plástico no abiertos con alimentos para bebés.
  • 1 cucharita de plástico para bebés.
  • 2 biberones.
  • 1 chupete (si pasa la inspección de seguridad).
  • 1 cobija (que no sea edredón) para envolver al pequeño.
  • 1 muda de ropa.

Cada institución puede tener diferencias en cuanto a los artículos permitidos para los bebés y pequeños. El interno o interna tiene que proporcionarle esta información específi ca.

¿Se me va a hacer un esculque?

Es posible que se haga el registro o esculque a todos los visitantes, sus pertenencias, vehículos y cualquier envase o bolsa que traigan a la institución. Un visitante tiene la opción de rehusar estar esculcado, pero por eso se le puede denegar el privilegio de visitar o de entrar a la institución.

¿Hay normas de vestir para los visitantes?

Sí. Solamente se permite la ropa que es conservadora y pudorosa y que cumple con las siguientes normas.

  • Toda la ropa tiene que estar limpia y en buenas condiciones. Todos los botones o cierres tienen que estar abrochados o subidos lo necesario para mantener el pudor.
  • Todos los visitantes tienen que llevar puestos calcetines, medias o pantimedias.
  • Es necesario llevar puesta ropa interior. Los varones visitantes tienen que usar calzoncillos, trusas o calzoncillos largos. Las mujeres tienen que vestirse con pantaleta, sostén, pantimedias, leotardo o medias. Se tienen que usar pantaletas con vestido o falda.

Los visitantes no deben usar ropa que es difícil de esculcar, o sea, con muchas bolsas o acolchada, con muchas capas de ropa, etc.

No se permite la ropa de la siguiente lista:

  • Ropa con hoyos, desgarres o rasgones.
  • Ropa escotada que deja ver la ropa interior, el pecho, el estómago/abdomen o la espalda.
  • Telas muy delgadas, transparentes o de malla.
  • Ropa muy ajustada (incluyendo sin limitarse a: pantalón vaquero o ropa de tela elástica como licra que se estira).
  • Ropa que haga referencia a cosas obscenas, alcohol, drogas o sexo en la forma que sea.
  • Falda-pantalones “culottes,” pantalones cortos, pantalones recortados, medias camisas, playeras sin mangas, blusas o camisas sin mangas.
  • Chancletas o sandalias de hule para la ducha, chancletas, botas o zapatos del tipo edredón para la nieve o el mal tiempo.
  • Vestidos/faldas con bastilla o aperturas m ás de 3 pulgadas arriba del centro de la rodilla.
  • Ropa que se envuelve al cuerpo con aperturas a todo lo largo de la prenda.
  • Faldas tan apretadas que no permiten el esculque o registro.
  • Ropa de camufl aje.
  • Ropa de peto (overoles, etc.).
  • Cinturones con bolsa para el dinero o con compartimientos.
  • Alhajas en exceso o del estilo que no se puede esculcar.
  • Prendas de cabeza, pelucas u ornamentos excesivos para el cabello, a menos que se necesiten por razones médicas y se muestre la verifi cación escrita, o si se usan como parte de una práctica religiosa.
  • Cualquier cosa que se considera una amenaza a la seguridad de los internos, visitantes o personal.

Las instituciones individuales pueden hacer sus propias excepciones para los bebés y pequeños.

¿Qué contacto físico se permite durante una visita?

A los visitantes e internos se les permite un abrazo y un beso breve al comienzo y al fi nal de la visita. Algunas instituciones permiten que los niños pequeños se sienten en el regazo del interno o interna. Sin embargo, cada institución hace su propia decisión sobre esto y el personal del salón de visitas puede restringirlo debido al comportamiento del individuo o por otras circunstancias. La única
otra forma de contacto físico que se permite durante la visita es estar tomados de la mano encima de la mesa. Aunque a veces es difícil limitar el contacto físico con un ser querido durante la visita, es necesario para mantener el orden en el salón de visitas, para mantener la seguridad y para asegurar que las otras personas no se sientan ofendidas por las muestras de afecto. Si usted no hace caso a estas reglas, se puede terminar su visita y es posible que se suspendan sus privilegios de visitar.

¿Se pueden imponer restricciones sobre el privilegio de visitar?

Sí. Desgraciadamente algunos visitantes abusan del privilegio de visitar por su conducta inapropiada, comportamiento desordenado, participación en actividades ilegales o por conducta que presenta un riesgo para la seguridad de la institución, el personal u otras personas. Cuando ocurre esto, se puede revocar el privilegio de visitar de las personas involucradas por un plazo apropiado
dependiendo de lo serio de sus actos.

¿Me puedo casar con una persona encarcelada?

El Departamento no aprueba ni desaprueba que se case un interno o interna. Sin embargo, el Departamento reconoce y apoya las relaciones basadas en el amor durante el encarcelamiento. Cada institución tiene sus propios procedimientos para el matrimonio de internos. Si usted piensa casarse con un interno o interna, el consejero de él o ella puede contestar sus preguntas específi cas. Las ceremonias matrimoniales que se realizan con un individuo encarcelado no califi can para el programa de Visitas Familiares Extendidas.

Servicio de camiones

Matthew 25.36 House of Hospitalitity (Casa Mateo de Hospitalidad) y el Servicio de Camiones para Familias son programas de Simon of Cyrene Society, Inc., PO Box 201, Monroe, WA 98272, número de teléfono (360) 794-8720. El Servicio de Camiones para Familias arregla viajes de ida y vuelta de Seattle a las áreas siguientes en donde hay instituciones del Departamento Correccional: Walla Walla, Forks, Coyote Ridge y Airway Heights. Los viajes son los sábados o los domingos, con la excepción de Coyote Ridge que se realiza los días lunes.

Los viajes de ida y vuelta en camión de Ministerios de Prisioneros de Cristo recogen a personas en lugares designados en Seattle, Tacoma y Federal Way como sigue:
• Stafford Creek el primer sábado y domingo de cada mes.
• Clallam Bay el segundo y cuarto sábado de cada mes.
• Washington Corrections Center el tercer sábado de cada mes.
• Washington State Penitentiary el quinto sábado para los meses que tienen cinco sábados.

Si quiere más información, comuníquese con Prisoners for Christ Outreach Ministries, PO Box 1530 Woodinville, WA 98072-1530, número de teléfono (425) 483-4151; sitio de Internet: www.pfcom.org.

El “Pequeño camión que sí pudo” (the Little Bus that Could) es un programa para ayudar a las madres encarceladas hacer y mantener lazos estrechos con sus hijos antes de su puesta en libertad. Este camión hace viajes por lo menos tres veces al año (del Día de la Madre, el regreso a clases y la Navidad) y transporta a niños que van al Centro Correccional de Pine Lodge y el
centro de reclusión parcial Eleanor Chase principalmente pero deja espacio para los que van a Airway Heights. Este programa es gratuito y voluntarios aprobados están disponibles para recoger a los visitantes en sus hogares. Se proporcionan todos los alimentos, bolsas para dormir, actividades y camiones chárteres. Para tener más información, comuníquese con “Rebuilding
Familias, Inc., Post Offi ce Box 2182, Gig Harbor, WA, 98335.

Estos no son programas del Departamento Correccional. Sin embargo, son programas maravillosos que le pueden ayudar para que usted visite a sus seres queridos. Comuníquese, por favor, con los prestadores de estos servicios para obtener más información acerca de sus programas.